CORONAVIRUS: Covid-19
Guía actuación ámbito laboral en relación al coronavirus
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha publicado una guía con el objetivo de facilitar la información necesaria sobre la aplicación de la normativa laboral en relación con las diferentes situaciones en las que pueden encontrarse las empresas y las personas trabajadoras en relación al coronavirus.
Tal y como señala el Ministerio de Sanidad en relación con la protección de las personas trabajadoras con riesgo de exposición al nuevo coronavirus, hay que partir de una serie de premisas:
.- el coronavirus es un virus desconocido anteriormente en la patología humana.
.- las medidas de aislamiento constituyen la primera barrera de protección tanto de la persona trabajadora afectada como de las restantes susceptibles de contacto con la paciente.
Las empresas pueden adoptar medidas organizativas o preventivas que, de manera temporal, eviten situaciones de contacto social, sin necesidad de paralizar su actividad.
No obstante, y para cuando esto no resulta posible, la norma establece que cuando las personas trabajadoras estén o puedan estar expuestas a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo, la empresa estará obligada a:
.- informar lo antes posible acerca de la existencia de dicho riesgo,
.- adoptar las medidas y dar las instrucciones necesarias para que, en caso de peligro grave, inminente e inevitable, las personas trabajadoras puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo.
En aplicación de esta norma, las empresas deberán proceder a paralizar la actividad laboral en caso de que exista un riesgo de contagio por coronavirus en el centro de trabajo, ello no obstante la activación de medidas que permitan el desarrollo de la actividad laboral de forma alternativa o bien, de ser necesario, la adopción de medidas de suspensión temporal de la actividad.
Paralización de la actividad por decisión de las personas trabajadoras:
En caso de que la prestación de servicios en el centro de trabajo conlleve un riesgo grave e inminente de contagio por coronavirus, y en aplicación de lo previsto en la normativa, también las personas trabajadoras pueden interrumpir su actividad y abandonar el centro de trabajo.
MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN LA EMPRESA
Las empresas pueden adoptar medidas sencillas y eficaces para prevenir la prevenir la propagación de virus en sus centros de trabajo, unas medidas que además permiten mantener el lugar de trabajo saludable.
Prevención del contagio por contacto:
-Las manos juegan un papel muy importante como vehículo transmisor de microorganismos.
-Los virus tienen una gran capacidad para sobrevivir en medios externos a las personas.
-Se deben promover medidas que minimicen el contacto próximo y prolongado entre los empleados: realizar reuniones telemáticas o de menor duración, empleo de las nuevas tecnologías en los grupos de trabajo, evitar saludos personales o cercanos, etc.
-Planificar y garantizar una limpieza frecuente de las superficies y objetos de uso frecuente por parte del personal, como botoneras de ascensores, puertas, superficies de mostradores o mesas de trabajo.
-Promocionar el lavado de manos. Es una práctica que debemos realizar con frecuencia y de forma adecuada para evitar contaminar todo aquello que tocamos. Hay que aumentar la frecuencia del lavado y hacerlo de forma adecuada.
-Disponer y ofrecer a los trabajadores los medios materiales adecuado para el lavado de las manos como toallas de papel, jabón de manos,…
Prevención de la vía aérea:
Garantizar la renovación y ventilación del aire en los espacios de trabajo.
Promover protocolos para la higiene respiratoria y manejo de la tos: como estornudar y toser de forma higiénica.
Disponer y ofrecer a los trabajadores/as los medios materiales adecuados para el protocolo de higiene respiratoria: pañuelos desechables, papeleras, etc….
Organizar el trabajo de modo que se reduzca el número de personas trabajadoras expuestas, estableciendo reglas para evitar y reducir la frecuencia y el tipo de contacto de persona a persona.
Tal y como señala el Ministerio de Sanidad en relación con la protección de las personas trabajadoras con riesgo de exposición al nuevo coronavirus, hay que partir de una serie de premisas:
.- el coronavirus es un virus desconocido anteriormente en la patología humana.
.- las medidas de aislamiento constituyen la primera barrera de protección tanto de la persona trabajadora afectada como de las restantes susceptibles de contacto con la paciente.
Paralización de la actividad por decisión de la empresa:
Las empresas pueden adoptar medidas organizativas o preventivas que, de manera temporal, eviten situaciones de contacto social, sin necesidad de paralizar su actividad.No obstante, y para cuando esto no resulta posible, la norma establece que cuando las personas trabajadoras estén o puedan estar expuestas a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo, la empresa estará obligada a:
.- informar lo antes posible acerca de la existencia de dicho riesgo,
.- adoptar las medidas y dar las instrucciones necesarias para que, en caso de peligro grave, inminente e inevitable, las personas trabajadoras puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo.
En aplicación de esta norma, las empresas deberán proceder a paralizar la actividad laboral en caso de que exista un riesgo de contagio por coronavirus en el centro de trabajo, ello no obstante la activación de medidas que permitan el desarrollo de la actividad laboral de forma alternativa o bien, de ser necesario, la adopción de medidas de suspensión temporal de la actividad.
Paralización de la actividad por decisión de las personas trabajadoras:
En caso de que la prestación de servicios en el centro de trabajo conlleve un riesgo grave e inminente de contagio por coronavirus, y en aplicación de lo previsto en la normativa, también las personas trabajadoras pueden interrumpir su actividad y abandonar el centro de trabajo.
MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN LA EMPRESA
Las empresas pueden adoptar medidas sencillas y eficaces para prevenir la prevenir la propagación de virus en sus centros de trabajo, unas medidas que además permiten mantener el lugar de trabajo saludable.
Prevención del contagio por contacto:
-Las manos juegan un papel muy importante como vehículo transmisor de microorganismos.
-Los virus tienen una gran capacidad para sobrevivir en medios externos a las personas.
-Se deben promover medidas que minimicen el contacto próximo y prolongado entre los empleados: realizar reuniones telemáticas o de menor duración, empleo de las nuevas tecnologías en los grupos de trabajo, evitar saludos personales o cercanos, etc.
-Planificar y garantizar una limpieza frecuente de las superficies y objetos de uso frecuente por parte del personal, como botoneras de ascensores, puertas, superficies de mostradores o mesas de trabajo.
-Promocionar el lavado de manos. Es una práctica que debemos realizar con frecuencia y de forma adecuada para evitar contaminar todo aquello que tocamos. Hay que aumentar la frecuencia del lavado y hacerlo de forma adecuada.
-Disponer y ofrecer a los trabajadores los medios materiales adecuado para el lavado de las manos como toallas de papel, jabón de manos,…
Prevención de la vía aérea:
Garantizar la renovación y ventilación del aire en los espacios de trabajo.
Promover protocolos para la higiene respiratoria y manejo de la tos: como estornudar y toser de forma higiénica.
Disponer y ofrecer a los trabajadores/as los medios materiales adecuados para el protocolo de higiene respiratoria: pañuelos desechables, papeleras, etc….
Organizar el trabajo de modo que se reduzca el número de personas trabajadoras expuestas, estableciendo reglas para evitar y reducir la frecuencia y el tipo de contacto de persona a persona.